Ruiz Mattei v. Commercial Equipment Finance, Inc.: Los reclamos al amparo de la Ley Sobre Despidos Injustificados y la Ley contra el Discrimen en el Empleo son transmisibles por razón de Muerte

1 de julio de 2024

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ha emitido una decisión significativa en el caso de José E. Ruiz Mattei v. Commercial Equipment Finance, Inc. Esta opinión, que responde a la controversia sobre la heredabilidad de algunas reclamaciones laborales, marca un precedente importante en el derecho laboral puertorriqueño.

Antecedentes del Caso

El caso se originó cuando José E. Ruiz Mattei presentó una querella contra su antiguo patrono, Commercial Equipment Finance Inc., alegando despido injustificado y discrimen por edad. Ruiz Mattei, quien trabajó como vicepresidente de Crédito y Riesgo, afirmó que fue despedido debido a su edad (62 años) después de varios años de servicio sin récord disciplinario. La empresa negó estas alegaciones, argumentando que el despido se debió al desempeño deficiente de Ruiz Mattei en sus funciones.

Tras el fallecimiento de Ruiz Mattei en enero de 2023, sus hijos buscaron continuar con la acción legal en nombre de su padre, solicitando la sustitución de parte demandante. Commercial Equipment se opuso, alegando que las causas de acción se extinguieron con la muerte de Ruiz Mattei. El Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud de sustitución, pero el Tribunal de Apelaciones revocó esta decisión, afirmando que los reclamos eran transmisibles por herencia.

Decisión del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo, en una opinión emitida por el Juez Asociado Martínez Torres, resolvió que las reclamaciones bajo la Ley sobre Despidos Injustificados (Ley Núm. 80) y la Ley contra el Discrimen en el Empleo (Ley Núm. 100) son de carácter patrimonial y, por tanto, transmisibles por herencia. El Tribunal destacó que estas leyes tienen un carácter reparador y buscan compensar los daños sufridos por el empleado, por lo que los herederos pueden continuar con la acción judicial iniciada por el causante.

La decisión enfatiza que las relaciones jurídicas que no se extinguen con la muerte del causante deben tener continuidad para proteger el tráfico jurídico y evitar la incertidumbre en la titularidad de los bienes. En este contexto, el Tribunal concluyó que los derechos y obligaciones laborales del causante pueden ser heredados, permitiendo así a sus herederos perseguir la compensación por los daños sufridos.

 Impacto de la Decisión

Esta sentencia del Tribunal Supremo establece un precedente crucial para el derecho laboral en Puerto Rico, afirmando que los reclamos por despido injustificado y discrimen por edad no se extinguen con la muerte del empleado. Esta interpretación protege los derechos de los empleados y sus familias, asegurando que las acciones legales iniciadas en vida puedan ser continuadas por sus herederos, garantizando así una reparación adecuada por los perjuicios sufridos.